“Sin comentarios”
“LEY 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid”
Artículo 2. Finalidad de los servicios sociales.
1. Los servicios sociales tendrán por finalidad la promoción del bienestar de las personas, la prevención de situaciones de riesgo y la compensación de déficits de apoyo social, centrando su interés en los factores de vulnerabilidad o dependencia que, por causas naturales o sobrevenidas, se puedan producir en cada etapa de la vida y traducirse en problemas personales.
2. El objetivo de los servicios sociales es el de asegurar el derecho de las personas a vivir dignamente durante todas las etapas de su vida, teniendo cubiertas las necesidades sociales.
3. A los efectos de lo regulado en esta Ley, se entienden como necesidades sociales las derivadas del derecho de la persona a realizarse como ser social en el ámbito convivencia¡, interpersonal y familiar, y en el relacional, entre el individuo y su entorno social.
Septiembre 24th, 2007 at 20:27
Bueno, tras leer varias artículos de tu blog, reconozco tu labor en favor de las personas sin hogar, y sobre todo de denuncia de su situación. Como trabajador social que trabaja en el SAMUR Social, reconozco muchas de las actuaciones que has relatado en los últimos meses (desalojo de Plaza de España, desalojo de la Universidad Complutense, la plaza Soledad Torres Acosta, el caso de Washsington, etc). También reconozco a personas que aparecen en tu foro, o de las que se habla en él. Reconozco también como clara y positiva la crítica que realizas, con fundamento.
Enhorabuena por todo lo que haces, y desde mi lugar, apoyo todo este tipo de acciones, así como las que realiza la Plataforma 4º Mundo.
Un saludo
Septiembre 25th, 2007 at 15:15
[…] Hoy hemos recibido el siguiente comentario, firmado por “Alakran”, a nuestro artículo “Sin comentarios”. […]